A nuestros clientes, usuarios y autoridades competentes de Gobierno, se les comunica que:
A partir del 15 de marzo del año 2024, todos los servicios de Revisión Intrusiva que realizan en área de verificación física de las mercancías de EMPORNAC (Bodega 9), los cuales son solicitados por la Subdirección General de Análisis Antinarcótica (SGAIA) y la Dirección División de Puertos Aeropuertos y Fronteras (DIPAFRONT) del Ministerio de Gobernación, deberán ser objeto de cobro conforme a la tarifa vigente estipulada en el acuerdo de Junta Directiva No. 05-2023, publicado en el Diario de Centroamérica el diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés (17/11/2023).
Así mismo, deberá ser objeto de cobro lo que concierne al traslado de los contenedores a las áreas de revisión y su retorno a su lugar de reposo, conforme a la tarifa de Movimiento Interno de Contenedores vigente. Ambos servicios deberán ser pagados por el Importador y/o Exportador como corresponda.
Les agradecemos su atención a esta actualización y les instamos a ponerse en contacto con nuestro equipo si tienen alguna pregunta o necesitan más información.